Por Agustin Peña Cruz
* En los primeros cinco meses del año 2023, resalta en los indicadores de Violencia Familiar de Semáforo Delictivo, el Municipio de Reynosa con 577 casos (24% – Primer lugar), Ciudad Victoria con 437 incidencias (18% – Segundo lugar), Matamoros con una cifra de 287 (12% – Tercer Lugar), Ciudad Altamira con 234 casos (10% – Cuarto lugar) y Nuevo Laredo con 198 incidencia (8% – Quinto Lugar).
Por Agustin Peña Cruz* | Noticiaspc.com.mx
Pensando en un futuro común tiene como eje central el análisis de la violencia intrafamiliar en Tamaulipas, donde se expone la problemática que se vive en los hogares tamaulipecos, así como también algunas aportaciones, tomando en consideración una metodología de análisis poniendo sobre la mesa propuestas que pueden desarrollarse.
No hay que perder de vista que, la violencia familiar visto con una perspectiva constructivista en la que se cimenten las bases para una política pública con una propuesta de concordancia a los efectos sociales; y con ello, disminuir las incidencias delincuenciales en este tenor.
Ríos Cazares Alejandra (2013), a través del Centro de Investigación y Docencia Económica (CIDE), desarrolla su investigación en relación con la “violencia de género contra las mujeres: Tamaulipas”, sostiene que existe un “panorama de ignorancia sobre el derecho a una vida libre de violencia cobra relevancia la atención que reciben las mujeres víctimas de violencia de género en instancias públicas como lo son las Procuradurías de Justica”. Por lo que, podemos señalar que las mujeres víctima de violencia familiar en vez de sentirse respaldadas y protegidas por instituciones de gobierno desfavorecen considerablemente la praxis de la denuncia por que en vez de favorecer contra dicen un respaldo para proteger y asesorar a los afectados.
La violencia familiar y/o intrafamiliar, es una de las problemáticas sociales y de seguridad pública, si se toma en cuenta con una perspectiva funcionalista que nos brinda un contexto amplio para analizar las incidencias en los indicadores correspondiente en el periodo de tiempo de enero a mayo 2023, en el Estado de Tamaulipas.
El estudio de este fenómeno es con una perspectiva de la cultura del sometimiento a través de la figura patriarcal, muy dado en México. La misma base, esta sostenida con lo que señalan los autores, Amigot & Pujal (2006), que “nacidas de un gesto instituyente en contra de lo académicamente instituido, pueden derivar en sedimentaciones más o menos oficiales y reconocidas que sean ciegas a efectos de poder nuevos”, en algunas ocasiones el agresor presenta niveles educativos inferiores a la media, y son en gran medida los que someten a sus víctimas de manera “voluntaria” al maltrato y a ser parte de las incidencias.
Retomando el aspecto de patriarcado, este “corre el peligro de convertirse en un concepto universalizador (sic) que suprime o restringe articulaciones claras de asimetría entre géneros en diferentes contextos culturales”, Butler (1999, 102). Como es el caso con el contexto mexicano.
Por otra parte, la violencia intrafamiliar representa una problemática considerable para la seguridad pública porque de ahí se pudiera desprender comportamientos previsto a futuro en la perspectiva del desarrollo de la persona como distorsionadores en su personalidad en la vida adulta.
Y desde luego, que no está distante la frase del filósofo, Jean-Paul Sartre que nos habla que “cada hombre es lo que hace con lo que hicieron de él”. Aunque no todas las personas tienden a comportarse igual como sus victimarios o lo que vivieron, si transforman una perspectiva completamente diferente cuando sus entornos, se modifican en los tiempos correctos con la enseñanza correcta en educación, conocimientos y valores hacia el respeto de los demás.
Por tal motivo, es importante que los gobiernos presenten mayor énfasis en la cultura de la prevención y en políticas públicas, como resultaba ser efectiva “escuela para padres” principalmente en el Estado de Tamaulipas.
PERPECTIVA ESTADÍSTICA DE TAMAULIPAS
Estadísticamente, Tamaulipas presenta una incidencia de enero a mayo del 2023 de 3 mil 845 casos de violencia familiar según datos aportados por la asociación de “Semáforo Delictivo”, a detalle se presentan: enero, 726 casos; febrero, 677 incidencias; marzo, 794 casos; abril, 754 incidencia y mayo, 894 casos. Dichos aportes presentan una media de 769 casos mensualmente, lo pudiera representar 25 casos diarios en todo el Estado de Tamaulipas. Resaltando el Municipio de Reynosa con 577 casos (24% – Primer lugar), Ciudad Victoria con 437 incidencias (18% – Segundo lugar), Matamoros con una cifra de 287 (12% – Tercer Lugar), Ciudad Altamira con 234 casos (10% – Cuarto lugar) y Nuevo Laredo con 198 incidencia (8% – Quinto Lugar).
Sin lugar a duda, que el Gobierno del Estado debe implementar políticas públicas que favorezcan disminuir la tasa de incidencia ante la problemática de violencia familiar puesto que en el año 2022 las cifras de los cinco primeros meses sumaban 3 Mil 070 casos mientras que para este 2023 en correspondencia con los mismos meses es de 3 mil 845 incidencia, resaltando un incremento de 775 casos entre uno año y otro.
No hay que olvidar la importancia que tiene el tema y tener conciencia que los padres que maltratan se presentan en clases sociales con distintos grados educativos y que la patología mental es un aspecto mínimo que resalta por lo que pudiera predominar el perfil típico de conductas violentas que vivieron durante su desarrollo; este mismo fenómeno se puede considerar como “factores de riesgo”.
Por lo general, el que maltrata hace uso de palabras de “es por tu bien”, “a mí me educaron así”, “debes de hacer lo que yo digo, por eso eres mi hijo”, “actúas así para molestarme”, “no me siento bien”, son algunas “etiquetas” que se deben eliminar ante una eficiente política pública para disminuir los índices delincuenciales presentados anteriormente.
Teniendo claro que el fenómeno no es aislado ni esta ajeno a que se presente en un entorno familiar, el problema incide en la manera en cómo el agresor ve su comportamiento como un hecho normal no patológico. Derivado a esto, es fundamental que la institución de gobierno impulse una correcta política pública para ir disminuyendo las incidencias, quedo de mostrado que el Gobierno Estatal de Tamaulipas en la administración de Tomas Yarrington Ruvalcaba, promovía Escuela para Padres y los índices de violencia habían disminuidos pero no continuaron en razón al cambio de la administración de gobierno (2016-2022, se modificó el programa y ejes rectores por Creciendo Juntos); y por ende, la forma de implementar acciones en materia de seguridad pública en función a la violencia familiar se centró en la construcción de espacios de infraestructura para Centro de Atención a la Mujer maltratada haciendo a un lado a los menores maltratados psicológicamente o un correcto seguimiento que acompañara de denuncias hacia los agresores.
Teniendo una perspectiva de análisis en el sentido de la violencia familiar en el Estado de Tamaulipas durante el tiempo comprendido de los cinco primeros meses del año, paradójicamente se ve un incremento en la taza de violencia superior al promedio mensual en el mes de mayo. Este mes que es considerado como el mes de la “mamá”, por las festividades que se realizan, es cuando mayor incidencia arroja.
Pareciera indicar que la fecha que más violencia familiar, es durante ese mes en comparación con otros meses que refleja una incidencia muy inferior.
VIOLENCIA INTRAFAMILIAR
La violencia intrafamiliar es un problema social de grandes dimensiones que afecta sistemáticamente a importantes sectores de la población, especialmente a mujeres, niñas, niños, ancianas y ancianos. Esta violencia tiene una direccionalidad clara: en la mayoría de los casos es ejercida por hombres contra mujeres y niñas. Una forma endémica de la violencia intrafamiliar es el abuso de las mujeres por parte de su pareja. Las manifestaciones de este tipo de violencia, también denominada “violencia doméstica”, incluyen la violencia física, psicológica, sexual y patrimonial. Según estudios realizados en América Latina, entre un cuarto y más de la mitad de las mujeres informan haber sido abusadas en algún momento por sus parejas.
EVOLUCIÓN DE LA VIOLENCIA INTRAFAMILIAR.
SAGOT (2000), sostiene que “la violencia contra las mujeres, como un problema de gran magnitud y graves consecuencias, comienza a ser visibilizada y denunciada en Latinoamérica en la década de los años ochenta, y son las organizaciones de mujeres de la sociedad civil las que inician este movimiento. En 1981, el Encuentro Feminista de Latinoamérica y el Caribe, celebrado en Colombia, identifica este problema como uno de los prioritarios a enfrentar, y declara el 25 de noviembre Día Internacional por la No Violencia Contra la Mujer. En 1990, en el marco del IV Encuentro Feminista, celebrado en Argentina, se constituye la Red Feminista Latinoamericana y del Caribe Contra la Violencia Doméstica y Sexual. Entre estas dos fechas, las organizaciones de mujeres no solo realizaron campañas de denuncia y sensibilización, y elaboraron propuestas de legislación y políticas públicas, sino que organizaron los primeros programas de atención de mujeres maltratadas de la región. Las respuestas estatales proliferaron en la década siguiente, combinando iniciativas de diversa índole: servicios de atención, reformas legales, capacitación a funcionarios y funcionarias estatales, campañas de denuncia y sensibilización, comisarías especializadas y refugios. En algunos países se conjugan los esfuerzos de los Estados y la sociedad civil, con acciones o planes conjuntos de corto o mediano plazo. Tras varias declaraciones de la Organización de Naciones Unidas (ONU) y de la Organización de Estados Americanos (OEA) en los años noventa, la comunidad mundial reconoció oficialmente la violencia contra las mujeres como una violación de los Derechos Humanos (Conferencia Mundial de la ONU sobre Derechos Humanos, Viena 1993). En el continente, la OEA aprobó, en 1994, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres, conocida como Convención de Belém do Pará. La existencia de leyes contra la violencia intrafamiliar y no de violencia contra las mujeres tiene diversas consecuencias. En primer lugar, se invisibiliza la violencia contralas mujeres al subsumirla en otra forma de violencia más general, con lo cual en la práctica también se niega su importancia y gravedad. Por otra parte, se coloca como objetivo la defensa de la familia y no la de los derechos humanos de las mujeres afectadas, por lo que éstos son fácilmente sacrificados en aras de la unión familiar. Finalmente, y lo que es altamente peligroso, los hombres agresores pueden usar las leyes contra las mismas mujeres a las que maltratan, dada la “neutralidad” de género de esas leyes, la mayor apropiación de los hombres de los espacios sociales, en particular, de los espacios judiciales, y la mayor credibilidad que obtienen ellos en esos mismos espacios”.
Rodríguez, López, Martínez & Valdés (2011), sostienen que “los estudios históricos muestran que la estructura familiar ha sufrido cambios a causa de la emigración a las ciudades y de la industrialización. El núcleo familiar era la unidad más común en la época preindustrial y aún sigue siendo la unidad básica de organización social en la mayor parte de las sociedades industrializadas modernas. Sin embargo, la familia moderna ha variado con respecto a su forma más tradicional en cuanto a funciones, composición, ciclo de vida y rol de los padres. La única función que ha sobrevivido a todos los cambios es la de ser fuente de afecto y apoyo emocional para todos sus miembros, especialmente para los hijos. La composición familiar ha cambiado de forma drástica a partir de la industrialización de la sociedad, algunos de estos cambios están relacionados con la modificación actual del rol de la mujer”.
ACUERDO, LEYES, REGLAMENTOS.
La Secretaría de Servicios Parlamentarios. (2018), en el “artículo 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.”
Mientras que Ugalde & Larralde. (2009) afirman que el “artículo 2 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, señala que la Federación, las entidades federativas, el Distrito Federal y los municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias expedirán las normas legales y tomarán las medidas presupuestales y administrativas correspondientes, para garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, de conformidad con los Tratados Internacionales en Materia de Derechos Humanos de las Mujeres, ratificados por el Estado mexicano”.
Por otra parte, la Cámara de Diputados Locales (2010) en el artículo 17 fracción III de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, “dispone que el Estado reconocerá a sus habitantes el derecho de los varones y las mujeres a la igualdad de oportunidades en los ámbitos político, económico, social y cultural.”
Mientras que, para Flores (2007) la ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, mediante Decreto No. LIX-959, se publica en fecha 22 de agosto de 2007, en el Periódico Oficial del Estado, la Ley de para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la violencia contra las Mujeres, tiene “con objeto prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, para lo cual establece los principios y modalidades que propiciarán y asegurarán el acceso a las mujeres a una vida sin violencia, donde se favorezcan su desarrollo y bienestar. Asimismo, para señalar que toda acción que se desprenda de la aplicación e interpretación de la ley tenderá a la prevención, atención y erradicación de usos y prácticas de ejercicio de la violencia contra las mujeres, así como a su correspondiente sanción, en su caso, sea con base en sus disposiciones o en cualesquiera otras de carácter administrativo, civil o penal tendentes a dichos objetivos.”
No obstante, el Gobierno del Estado de Tamaulipas (2013), en el Plan Estatal de Desarrollo 2011- 2016, “se encuentra el de implantar la cultura de la legalidad con base en el conocimiento, respeto y cumplimiento de la ley que fortalezca los valores sociales, cívicos y políticos en los actos de las personas y los entes públicos.”
Ugalde, Y & Larralde (2009) sostienen que el artículo 4 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de violencia señala que “los principios rectores para el acceso de todas las mujeres a una vida libre de violencia que deberán ser observados en la elaboración y ejecución de las políticas públicas federales y locales son: La igualdad jurídica entre la mujer y el hombre; el respeto a la dignidad humana de las mujeres; la no discriminación, y la libertad de las mujeres”
IMPLEMENTACIÓN DE POLÍTICAS DE PREVENCIÓN DEL DELITO
Para Muñoz (2015), sostiene que el “generar en el sistema educativo una materia obligatoria con un enfoque criminológico y victimológico que induzca a nuestros jóvenes a participar en la prevención del delito y que los inserte al mismo tiempo en dicha cultura de la prevención, que busque enseñarles acciones preventivas para lograr su propia protección y la de sus seres cercanos; en esta materia se haría hincapié en acciones preventivas inmediatas y mediatas, incluyendo definitivamente la prevención de accidentes tanto en el hogar como en vía pública. Una campaña continua y enérgica hacia toda la población, sobre los beneficios que tiene la prevención versus represión del delito, señalando la importancia y lo conveniente de establecer acciones preventivas y de participar en ellas de manera activa. Dicha campaña, elaborada por profesionales de la publicidad, buscaría convencer a la población de que saber prevenir el delito no es una obligación tediosa ni es cumplir con una función que le corresponde al Estado, sino que es una oportunidad para evitar ser víctima en lo posible, con la gama de beneficios que esto acarrea. La ponderación en las estrategias gubernamentales de la cultura de la prevención del delito por parte de las autoridades, es decir, que los órganos encargados de velar por la seguridad de los ciudadanos destinen cada vez mayores esfuerzos a la prevención del delito y a la inclusión del ciudadano en esta labor”.
Mientras que para el Banco Mundial (2017), “la mayoría de las reducciones considerables y persistentes, tanto en delitos violentos como en delitos contra la propiedad, también se han vinculado a políticas que desalientan a los jóvenes a abandonar la escuela secundaria”.
BENEFICIOS DE LA PREVENCIÓN DEL DELITO
Desde el punto de vista para Guerrero (2007), “la prevención se ha posicionado de manera importante en la construcción de la política criminal en los Estados contemporáneo. Es raro que no se encuentre en los discursos oficiales y académicos. No obstante, la prevención debe contextualizarse, pues de lo contrario existe el riesgo de generar un tópico vacío de contenido.”
Asimismo, Muñoz (2015), alude que “la prevención del delito no como una obligación, con todas las repercusiones que la palabra implica, sino como un derecho al conocimiento y la práctica de medidas proactivas, tendientes a disminuir su condición de víctima”.
PROPUESTA DE SOLUCIÓN A LA VIOLENCIA FAMILIAR Y/O INTRAFAMILIAR
Podemos afirmar con lo antes expuesto que la violencia familiar se debe en gran parte a la falta de políticas públicas que se requieren implementar el Estado de Tamaulipas para fomentar las pláticas en valores familiares, así como las esperanzas en que el fenómeno desaparezca.
Además, dentro de la teoría social de la cultura en relación con la costumbre y tradiciones del “machismo”, debe desaparecer ya que esto hace que se mantenga la presencia del delito en los hogares y haya otra circunstancia que no denuncian las mujeres maltratadas.
Por lo que se necesita fomentar los valores familiares, pero también vemos una arista en la falta de cultura por la denuncia de estos hechos que se presentan en los hogares, ya que en el Código Penal del Estado de Tamaulipas está tipificado como delito este acto y se persigue de oficio.
Dicho lo anterior, la solución que plantea Ríos (2013) es la de tomar en cuenta un fomento a la cultura al respaldo de los derechos humanos de las victimas al momento en que presentan sus denuncias, así como también en el acompañamiento con la asesoría jurídica y atención psicológicas de las víctimas.
Aunado a ello, el establecimiento de políticas públicas reactivando el programa de “Escuelas para Padres” que busca fortalecer los lazos familiares entre los núcleos familiar asimismo en los estudiantes de diferentes niveles académicos para ir moldeando la cultura del respeto y la equidad de género.
Se debe de hacer una política pública que ataque directamente en los sectores más vulnerables; es decir, en las comunidades más apartadas de los municipios.
Por otra parte, el Gobierno del Estado debe dar a conocer a la población civil sobre las sanciones penales que existen sobre la violencia intrafamiliar mismas que se persiguen por oficio. Sin hacer a un lado, que el Gobierno del Estado a través de la Secretaría General de Gobierno destinen presupuestos para campañas intensivas de terapias psicológicas para reforzar la autoestima de las víctimas y posibles víctimas que presenten algunos focos rojos con relación a la violencia en los hogares.
APUNTE GENERAL
Se ha documentado que los elementos que radican principalmente en la violencia intrafamiliar, violencia de género contra la mujer, violencia familiar o determinados significados que se traducen con daño físico, emocional e inclusive económico.
La seguridad pública omite considerablemente el aspecto cultural, y debido a ello; no intervenir cuando se presentan casos de violencia intrafamiliar, aunque estas sean denunciadas por vecinos debido a que carecen de elementos legales sobre la tipicidad del delito que se persigue por oficio según el Código Penal en el Estado de Tamaulipas.
Además, establecer acciones en las comunidades vulnerables donde el característico de los lugares separados de la urbanidad resalta “hombres de campo”; que han tenido una formación dentro del desarrollo de la persona como algo normal y los orilla a reforzar el machismo.
Debido, a que este es un aspecto relevante en la investigación, nos lleva a pensar que la actitud de la violencia nos conduce a la cultura del comportamiento psicosocial de la sociedad generacional y que frena considerablemente a la postmodernidad de las sociedades actuales, pero sobre todo nos conduce a concluir que para erradicar o disminuir las incidencias es una situación que debe emerger en el sector de la seguridad pública y la participación ciudadana.
* El Autor es Master en Ciencias Administrativas con especialidad en relaciones industriales, Licenciando en Administración de Empresas, Licenciado en Seguridad Pública, Terapeuta en Terapia Regresiva Reconstructiva, Periodista investigador independiente y catedrático sabatino.
Referencias:
Arias, R. (2013). “Interaccionismo Simbólico”. 30 de junio de 2023, de YouTube Sitio web: https://www.youtube.com/watch?v=JCZN6nkf78I |
Luna, D. (2013). “Funcionalismo Estructural”. 30 de junio de 2023, de YouTube Sitio web: https://www.youtube.com/watch?v=SlnBp7TynXU |
Piñero, H. (2011). “Precursores Teoría Sociológica”. 30 de junio de 2023, de YouTube Sitio web: https://www.youtube.com/watch?v=6tHXDHuI11A |
Ritzer, G. (1993). “Teoría sociológica contemporánea”. Pp. 53-100. Madrid: Mc. Graw Hill. Sitio web http://www.trabajosocial.unlp.edu.ar/uploads/docs/teoria_sociologica_contemporanea___ritzer__george.com).pdf. |
Rodríguez, López, Martínez, & Valdés, (2011). Violencia intrafamiliar desde un enfoque de género. Medi Ciego, 17(2), 1–10 |
Rojas, R. (1988). Guía para realizar investigaciones sociales. México: Plaza y Valdés. |
Seminario_IEE. (2019). “Metodología de la Investigación”. Consultado el 30 de junio de 2023, de UNAM Sitio web: http://profesores.fi-b.unam.mx/jlfl/Seminario_IEE/Metodologia_de_la_Inv.pdf |
Ríos, A. (2013). “Violencia de genero contra las mujeres”. 2 de julio de 2023 de CIDE Sitio web: http://repositorio-digital.cide.edu/bitstream/handle/11651/1468/000001468.pdf?sequence=4 |
Sagot, M., Carcedo, A., & Program on Women, H. and D. (Pan A. H. O. (2000). Ruta crítica de las mujeres afectadas por la violencia intrafamiliar en Aḿerica Latina: estudios de caso de diez países. [Washington, D.C.]: PAHO. |
Rodríguez, M. C. Q., López, Y. A., Martínez, E. M. D., & Valdés, A. J. T. (2011). Violencia intrafamiliar desde un enfoque de género. Medi Ciego, 17(2), 1–10. |
Secretaría de Servicios Parlamentarios. (2018). Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Julio 2023, de Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión Sitio web: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_270818.pdf |
Ugalde, Y & Larralde, Selvia. (2009). Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Julio 2023, de Instituto Nacional de las Mujeres Sitio web: https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/178863/ley-general-acceso-mujeres-vida-libre-violencia.pdf |
Acepta. (2018). Manual de Prevención del Delito. Julio 2023, de Acepta Sitio web: http://www.acepta.com/politicas-practicas/manual-de-prevenci%C3%B3n-de-delitos.pdf |
Banco Mundial. (2017). Prevención es crucial para reducir crimen y violencia en América Latina y el Caribe. Julio 2023, de Banco Mundial Sitio web: http://www.bancomundial.org/es/news/press-release/2017/02/07/prevention-is-crucial-to-reduce-crime-and-violence-in-latin-america-and-the-caribbean |